CIDH culpa al estado cubano por la muerte de Osvaldo Payá

CIDH publica informe concluyendo que agentes del régimen de Cuba tuvo que ver con la muerte de Osvaldo Payá y Harold Cepero

“CIDH concluyó que Cuba violó los derechos a la justicia y de petición establecidos de la Declaración Americana, en perjuicio de los familiares de Oswaldo Payá y Harold Cepero”

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) publicó un informe relacionado con la responsabilidad del Estado de Cuba por las muertes de Oswaldo Payá y Harold Cepero y por las torturas y la violación de las garantías judiciales en perjuicio de Ángel Carromero.

Ambos activistas fallecieron en circunstancias no esclarecidas el 22 de julio de 2012, en una carretera de Bayamo, provincia Granma.

Según el informe de la CIDH, Oswaldo Payá, defensor de derechos humanos y líder político, y Harold Cepero, también defensor y disidente político, fueron sujetos a diversos actos de violencia, hostigamiento, amenazas, atentados contra la vida, cuando finalmente, un choque vehicular les causó la muerte el 22 de junio de 2012.

Más adelante, Ángel Carromero, quien al momento del atentado conducía el vehículo y sobrevivió, fue procesado y condenado por estos hechos, explicó la organización por los Derechos Humanos.

En el Informe, la CIDH resaltó que lo ocurrido a las víctimas se enmarcó en el contexto de la persecución y represión estatal contra personas disidentes políticas y defensoras en Cuba, con el objetivo de obstaculizar o paralizar la labor de defensa y promoción de los derechos humanos.

De acuerdo con familiares e investigadores independientes aseguran que un auto de la Seguridad del Estado embistió al vehículo en el que viajaban los miembros del Movimiento Cristiano Liberación junto a los activistas europeos Aron Modig, de Suecia, y Angel Carromero, de España.

Por su parte, la hija del reconocido opositor cubano, Rosa María Payá A escribió a través de su cuenta de Twitter, “Estado cubano es responsable por el asesinato de mi padre, Oswaldo Payá y Harold Cepero Nada podrá compensarnos, pero ahora estamos más cerca de la justicia que llegará para todos los cubanos cuando se cumpla tu sueño de libertad, papá”.

 

 

De igual forma, la CIDH identificó indicios serios y suficientes para concluir que agentes estatales participaron en las muertes de Payá y Cepero.

particularmente, tomó en cuenta el testimonio de Ángel Carromero, que indica que el automóvil en el que viajaban había sido impactado por un auto oficial, lo cual fue corroborado por un testigo ocular.

Sin embargo, el Estado cubano no presentó alegatos o negó estos argumentos. En consecuencia, la CIDH estableció que el Estado cubano violó los derechos a la vida, honra y libertad de expresión de ambas personas.

De igual forma la organización identificó múltiples irregularidades y omisiones en la investigación de los hechos, como la falta de pericia o valoración de declaraciones de las personas sobrevivientes y que las autoridades tomaron una posición oficial inmediata, sin antes haber realizado diligencia de investigación alguna.

En relación con el derecho de acceso a la justicia, la CIDH observó que familiares de Oswaldo Payá nunca tuvieron acceso a los informes de autopsia, ni al contenido de diligencias realizadas.

Así mismo en el proceso contra Ángel Carromero por su alegada responsabilidad en el accidente, tampoco se permitió participar, solicitar pruebas, ni apelar a la sentencia. La Comisión concluyó que la investigación incumplió con las obligaciones estatales de debida diligencia, agotamiento de líneas lógicas de investigación, publicidad de proceso y acceso a la información.

Con base en lo anterior, la CIDH concluyó que Cuba violó los derechos a la justicia y de petición establecidos de la Declaración Americana, en perjuicio de los familiares de Oswaldo Payá y Harold Cepero.

 

 

También se estableció la vulneración de las garantías judiciales, a Carromero dado que no contó con defensor desde el inicio de la investigación, no se le permitió presentar pruebas de descargo, ni realizar diligencias, y, que todo el juicio hasta su sentencia condenatoria fue en el marco de secretismo y falta de publicidad.

Ángel Carromero fue detenido de manera ilegal y arbitraria, amenazado por autoridades estatales para confesar su supuesta responsabilidad y fue víctima de tortura y tratos inhumanos como golpes, falta de acceso al aire libre, luz solar y una nutrición adecuada, vulnerando sus derechos a la integridad personal.

En su Informe la Comisión también estableció que el Estado violó el derecho a la residencia y tránsito de Oswaldo Payá y su familia y en su calidad de defensor fue impedido de circular libremente por el país en múltiples ocasiones.

A la familia le negaron el desplazamiento para que retiraran el cuerpo sin vida de Payá, y esta tuvo que abandonar el país posteriormente debido a hostigamientos y amenazas por parte del Estado.

Finalmente, la organización insta al Estado de Cuba a cumplir integralmente con todas las recomendaciones hechas en el Informe, entre las que se destacan, la reparación material e inmaterial de las víctimas y familiares.

De igual forma, la CIDH solicita iniciar una investigación diligente, efectiva y dentro de un plazo razonable para esclarecer los hechos, identificar responsables, e imponer las sanciones que correspondan.

Así como medidas para evitar la repetición de los hechos y generar condiciones de retorno voluntario para las personas que fueron forzadas a reconstruir sus proyectos de vida en otros lugares como consecuencia de los hechos.

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