Régimen de Cuba adopta nuevas medidas a el sector privado

Régimen de Cuba adopta nuevas medidas al sector privado y obliga a cobrar en moneda nacional

“El régimen de Cuba continua arrinconando con nuevas medidas al sector privado para tener el control de toda la actividad económica y los ingresos privados”

El régimen de Cuba ha publicado nuevas reglas enfocadas hacia el sector privado de la isla, que incluye a los trabajadores por cuenta propia, las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) y las cooperativas no agropecuarias.

Las nuevas reglas, entrarán en vigor el 19 de septiembre próximo, y fueron publicadas este lunes en la Gaceta Oficial, conteniendo además la creación de un Instituto Nacional de Actores Económicos no Estatales, entidad subordinada al Consejo de Ministros y dirigida por la exvicepresidenta Mercedes López Acea.

Según explicó el medio oficialista del régimen Cubadebate, las nuevas adecuaciones tributarias, están en correspondencia con la actualización del sistema tributario, los crecimientos en los niveles de ingresos de los actores económicos no estatales y trabajadores por cuenta propia.

Reconociendo que el Sistema Tributario de la empresa privada se convierte en la principal fuente de ingresos del Presupuesto del Estado, a pesar de que en múltiples ocasiones el presidente designado Miguel Díaz-Canel ha dicho que la principal fuente del estado es la empresa estatal.

“Las adecuaciones tienen como objetivo, además, consolidar la aplicación de los tributos bajo los principios de generalidad y equidad tributaria, así como potenciar la captación de ingresos presupuestarios en correspondencia con la capacidad económica de cada contribuyente”, explica el régimen comunista.

 

 

Entre las adecuaciones al sistema tributario para la empresa privada, que el régimen nombra como la empresa no estatal, se menciona la eliminación del régimen simplificado de tributación para el pago de los tributos, lo que generaliza un único régimen general de tributación aplicable a todos los actores económicos no estatales (vigente desde el 1ro de enero de 2024).

De igual forma, el régimen se percató que luego de más de dos años de iniciado el proceso de creación de las Mipymes, se ha demostrado la capacidad contributiva y es necesario potenciar los ingresos al Presupuesto del Estado.

De esta forma eliminan los beneficios que tenían los socios, exentos del pago del impuesto sobre ingresos personales por los dividendos que obtengan en su primer año de operaciones.

Así mismo indican las nuevas normativas del régimen que a los trabajadores por cuenta propia se les elimina la exoneración de pagos por los tres primeros meses de inicio de las operaciones.

Aclarando que los incentivos fiscales deben ser temporales para estimular una actividad o sectores de la economía.

 

 

Por otra parte, el régimen establece a través del decreto ley 88 las condiciones para la creación, funcionamiento y extinción de las mipymes, al tiempo que amplía las obligaciones de sus socios.

Como un dato excepcional que afectará a los independientes que adquieren su mercancía en dólares fuera de Cuba, es que a partir de estas nuevas medidas deberán comercializar sus bienes y servicios en Moneda Nacional, salvo excepciones, y sus dueños tendrán que registrar en su cuenta bancaria corriente todas las operaciones.

El nuevo decreto indica que las MiPymes no podrán «involucrarse en manifestaciones delictivas o actos ilícitos, en particular aquellos que atenten contra la Seguridad del Estado”.

Con la entrada en vigor del nuevo decreto las organizaciones políticas y de masas pertenecientes al Gobierno de La Habana podrán abrir mipymes, una estrategia que busca obtener financiamientos de organizaciones como la ONU.

Estas «pueden ser de propiedad estatal, privada, mixta o de las organizaciones políticas, de masas y sociales», recoge el documento.

Otra de las novedades es que se introduce el concepto de residente efectivo, un término aprobado en la nueva ley de Migración. Tanto los cubanos que viven fuera, como los extranjeros que ostenten esa condición, podrán asociarse a una Mipyme aunque también podrán perderla si no cumplen los requisitos migratorios.

«Las personas naturales cubanas con residencia efectiva en el territorio nacional y extranjeras residentes permanentes en Cuba, pueden ser socios» explica las nuevas normas, sin embargo, también especifica que pueden ser removidos de «perder la condición de residente efectivo en Cuba».

Por otra parte, para los trabajadores por cuenta propia que obtenga anualmente ingresos superiores a quinientos mil pesos (500,000.00 CUP), estarán obligado a llevar la contabilidad de sus operaciones, a los efectos fiscales, a partir de las Normas Cubanas de Información Financiera.

De igual forma, en el establecimiento de las tarifas a los bienes y servicios, los privados tendrán que seguir las reglas del Ministerio de Finanzas y Precios.

Sin embargo, ya el régimen de Cuba había establecido un tope de precios a media docena de productos de primera necesidad a inicios de julio, lo que ha generado fuertes críticas entre la población que asegura que la medida ha provocado mayor desabastecimiento en el país.

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